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Deben protegerse datos de pacientes diagnosticados con COVID-19

Ante casos de COVID-19, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), reiteró que la información relacionada con el estado de salud presente o futuro de una persona contagiada, son considerados datos sensibles protegidos por las leyes en la materia.

Notimex

México; 13 de marzo de 2020.- Ante casos de COVID-19, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), reiteró que la información relacionada con el estado de salud presente o futuro de una persona contagiada, son considerados datos sensibles protegidos por las leyes en la materia.

Añadió que resulta importante recordar a las instituciones y prestadores de servicios de salud públicos y privados, así como a la población en general, este principio protegido por la ley.

«El tratamiento de los datos requiere un consentimiento expreso y por escrito del titular, salvo casos de excepción, en donde sean indispensables para atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, mientras el titular no esté en condiciones de otorgar el consentimiento o cuando exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona», se precisó.

Es por ello que los responsables y encargados del sector público y privado que traten datos personales relacionados con casos de COVID-19, deben contar con estrictas medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para evitar cualquier pérdida, destrucción, robo, extravío, uso o acceso, daño, modificación o alteración no autorizada.

«Además de cumplir con los principios, deberes y obligaciones establecidas en las leyes en materia de protección de datos personales vigentes, salvo los casos de excepción previstos».

Finalmente, se debe tomar en cuenta que las leyes aplicables disponen que el derecho a la protección de los datos personales sólo podrá limitarse, entre otras causas, por razones de seguridad nacional, el orden, la seguridad y la salud pública, por lo que se deberá estar atento y dar puntual seguimiento a las disposiciones, protocolos y medidas que dicten las autoridades competentes en materia de salud, puntualizó en un comunicado.