Estatal

Registro de beneficiarios puede realizarse en linea: IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a fin de brindar un servicio más ágil y de proteger a la población en la presente emergencia sanitaria por COVID-19, cuenta con la opción de que las y los asegurados puedan dar de alta a sus beneficiarios en línea, es decir sin que tengan que acudir a las instalaciones del Instituto.

Redacción

Guanajuato, Gto; 21 de julio de 2020.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a fin de brindar un servicio más ágil y de proteger a la población en la presente emergencia sanitaria por COVID-19, cuenta con la opción de que las y los asegurados puedan dar de alta a sus beneficiarios en línea, es decir sin que tengan que acudir a las instalaciones del Instituto.

“El Seguro Social garantiza que en estos momentos de contingencia se puedan realizar diversos trámites en línea para proteger a las y los asegurados y sus familias, en esta emergencia sanitaria. Uno de esos trámites es el alta de beneficiarios, que pueden ser la esposa o esposo, concubina o concubinario, hijas e hijos, así como el padre y la madre”, dijo Mario Alberto García Borrayo, titular de la jefatura de Afiliación y Cobranza del IMSS en Guanajuato.

La importancia del registro de beneficiarios radica en que, en caso de no tenerlos dados de alta en tiempo y forma, el asegurado puede ver afectados sus derechos y prestaciones a los que tienen derecho él y sus familiares, desde una atención médica hasta las prestaciones económicas. Por ello, es recomendable realizar este trámite para asegurarles el acceso a los servicios y prestaciones que ofrece el IMSS.

Para realizar éste y otros trámites es necesario ingresar a http://www.imss.gob.mx/imssdigital Los requisitos son: Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población (CURP) y comprobante de domicilio.

En específico para registrar a la esposa o esposo se requiere el acta de matrimonio; para la concubina o concubinario que cumpla con el requisito de convivencia y dependencia económica de 5 años o un hijo procreado con el asegurado (a) o pensionado (a) y acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común); para las hijas y los hijos, acta de nacimiento, acta de adopción o de reconocimiento. En el caso de los padres, cuando hagan una manifestación de convivencia y dependencia económica; así como acta de nacimiento del asegurado(a).

Para ingresar al escritorio virtual y realizar el trámite correspondiente sólo se necesita tener a la mano tu CURP, E.Firma y correo electrónico.

Para el IMSS es indispensable brindar protección a la población derechohabiente; por ello, le recomienda mantener todos sus datos ante el Instituto actualizados para agilizar la atención médica o administrativa que en un momento dado se requiera.